El próximo 2 de agosto de 2021 deberán los países miembros de la UE cumplir con el Reglamento UE 2019/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019 sobre el refuerzo de la seguridad de los documentos de identidad de los ciudadanos de la Unión y a los miembros de sus familias que ejerzan su derecho a la libre circulación, que forma parte del Plan de acción 2016 de la Comisión para abordar el fraude de los documentos de viaje, incorporando medidas de seguridad de los documentos como las tarjetas de identidad y de residencia.

Con un plazo de 2 meses de antelación a la fecha señalada, España ya cumple con los criterios establecidos en este Reglamento europeo, facilitando progresivamente a todos los ciudadanos el nuevo formato europeo de DNI electrónico 4.0, que además de incorporar todas las medidas de seguridad y de usabilidad del anterior formato 3.0, tiene un nuevo diseño del propio soporte, añadiendo básicamente los siguientes cambios: Aparición de la bandera de la Unión Europea con las siglas en su interior del país que emite el documento, y la indicación del título de Documento Nacional de Identidad en al menos otra lengua oficial de la Unión.

Este nuevo formato ha sido inaugurado por el ministro del Interior el pasado día 2 de junio en la Unidad de Documentación de la Comisaría de Policía Nacional de Móstoles (Madrid) y se irá implementando paulatinamente en todas las Unidades de Documentación de toda España, para que el próximo mes de agosto del presente año, todas la Unidades de Documentación expidan el nuevo formato europeo de DNI electrónico para todos los ciudadanos españoles.

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